Reportajeando

El legado de Roma

Derecho, política y sociedad, una herencia romana que perdura en el Siglo XXI




Por los alumnos de 4ºC-ESO

Roma ha ido dejando marcas en nuestra sociedad, que han ofrecido la perduración de su cultura, sociedad, política e incluso modo de vida. Eso es lo que denominamos el legado romano. Un aspecto importante del legado romano entregado a nuestra civilización fue el derecho. En latín (derectum) significaba “lo recto”, aunque la más empleada fue “ius” (lo justo). Los romanos fueron conscientes del grado de civilización que suponía contar con un sistema de derecho civil (leyes).


El juicio romano surge con una acción jurídica que quería hallar una solución legal a un conflicto entre dos personas, regulando las relaciones entre ciudadanos. En el “Iudicium privatum” juicio privado, se admitían declaraciones de los implicados en el procedimiento y de testigos, la presentación de pruebas (instrumenta), que debía terminar en una resolución del juez (iudicatum). Los juristas (iuris prudente) distinguían “lo que era justo” y era la máxima autoridad jurídica. Es un modelo todavía vigente en las acciones legales llevadas a cabo en nuestra sociedad.



El Corpus Iuris Civilis

La influencia en el derecho occidental fue decisiva, principalmente a través del Corpus Iuris Civilis, una colección de escritos jurídicos realizados desde el siglo I d.C. Esta recopilación incluía, además, una serie de decretos imperiales y un célebre manual para el aprendizaje del derecho atribuido a un jurista llamado Gayo (siglo II d.C.).

Los reinos bárbaros surgidos de las antiguas provincias del Imperio Romano basaron su legislación en la romana, como fue el caso de Hispania. En el siglo XII se produjo un renacimiento jurídico en Europa gracias a la escuela de derecho romano de Bolonia, que trabajó sobre nuevas interpretaciones y comentarios sobre el Corpus Iuris Civilis de Justiniano (solución más efectiva a cualquier problema jurídico). En el siglo XVI apareció en concepto de iusnaturalismo, basado en la idea de que existía un derecho universal. Pero en el siglo XIX con la aparición de los códigos legislativos modernos (Código Napoleónico), se desbancó al derecho romano de su posición predominante, aunque estos códigos estuvieron influenciados por la legislación romana.

La influencia de la política romana

Las instituciones romanas han tenido mucha influencia en el desarrollo de la política occidental. Por ejemplo, las revoluciones norteamericana y francesa: En la época de las revoluciones basadas en los principios de la Ilustración, se extendió la idea de una república compuesta de virtuosos y honrados, frente a la decadencia que suponía la existencia del cesarismo, sobre todo en Francia y Estados Unidos.


La república norteamericana surgió con una carga notable del simbolismo romano. La sede del poder legislativo era el capitolio. El primer presidente estadounidense fue George Washington, comparado con Cincinato, que dejó su vida sencilla para luchar por la libertad de su patria. Además, uno de los primeros lemas de Estados Unidos fue "E pluribus unum" (uno de muchos), haciendo alusión a las trece colonias unidas para formar un país.

Francia también hizo referencia a Roma cuando estalló la Revolución Francesa en 1789. Maximilien Robespierre defendió los grandes logros de Grecia y Roma, los cuales habían conseguido gracias a su virtud, que para él era el amor y respeto a la ley. Los discursos en la nueva Asamblea Nacional, estaban llenos de referencias a Cicerón (como modelo).


El cesarismo en Europa

Este modelo de gobierno personal, no decayó. Bizancio continuó existiendo mil años más y el título imperial fue restaurado por Carlomagno. Con el surgimiento del Sacro Imperio Romano Germánico en Europa, el nombre de César en el siglo X pasó a ser káiser. Y en el siglo XVI apareció en forma eslava el título de “zar”. Durante el período napoleónico, se empleó el águila imperial como símbolo del Imperio Francés, en referencia al estandarte de las legiones romanas.

El imperio británico


En el siglo XIX se desarrolló un imperio que combinaba la expansión territorial con la libertad ciudadana. Así la comparación del Imperio británico con el romano fue constante. En el período de expansión del colonialismo británico, también revitalizó la Pax Romana. En 1914, el jurista lord James Bryce escribió una obra que desarrollaba un estudio comparativo desde el punto de vista jurídico entre la expansión romana y británica.




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El Derecho y el Latín

Somos herederos del Derecho Romano



Por Silvia González, Naiara Pimienta, Marta Salido y Daniel Díaz, alumnos de 1º de Bachillerato

Los romanos utilizaron la palabra “ius”, a la cual denominaron como “ars boni et aequi”, que traducido al español sería “el arte de lo bueno y de lo justo” siendo este su verdadero significado. De esta palabras, hemos obtenido varios términos que en la actualidad usamos, tales como, justo, jurídico o justicia. Este significado no duró por mucho tiempo, pues en el siglo IV, se sustituyó por “derectum” de la cual aparece la palabra “derecho”. En este sentido, podemos asegurar que somos verdaderos herederos del Derecho Romano. Hoy, ese Derecho Romano de más de 2.000 años no solo se sigue enseñando en las facultades como la ULL o la Complutense, sino que está vivo en el día a día de la jurisprudencia, testigo de ello espacios jurídicos como el Palacio de Justicia de Santa Cruz de Tenerife.


El Derecho Romano es más bien conocido como el conjunto de normas con fuerza de ley, es decir, tienen suficiente fuerza como para obligar a ser cumplidas todo tipo de leyes, tanto las que están escritas como las que no. Se diferenciaban en dos grupos, aquellas que existían exclusivamente a los ciudadanos o a aquellos que se nombraban para las relaciones con otros pueblos. Por un lado, las leyes para los ciudadanos se conocían como “derecho civil”, caracterizado por ser un derecho público, en cuanto a la regulación de la organización de la República, aunque también contaba con una parte privada que acogía al derecho de familia, comercio, etc. Por otro lado, las leyes para el pueblo eran únicamente para el derecho natural, catalogado como derecho de gentes. En la época de la República, existían la Asamblea como principal órgano, aunque contaban con los edictos de los magistrados y los dictámenes del Senado. Por último, a partir del siglo II, empiezan las “Constituciones imperiales”, donde el emperador legislaba sin intermediarios.


La jurisprudencia romana
Se conoce también como Derecho Romano, y son el conjunto de obras que obtenemos desde la época romana, las que se compilaban y estudiaban, las llamadas jurisprudencias. Este conjunto son las principales fuentes de conocimiento que tenemos en la actualidad de la época romana y los juristas o jurisconsultos.

A su vez, también se conoce como una asignatura fundamental en los estudios de Derecho, ya que hasta el siglo XIX se estudiaba. No obstante, ha seguido presente en los estudios de varias facultades, siendo una de las asignaturas más importantes, y además, siendo la base de los estudios jurídicos, como ocurre en la Facultad de Derecho de nuestra Universidad de La Laguna, o en la misma Universidad Complutense Madrid.


Historia del Derecho Romano

En la historia del Derecho Romano, se pueden distinguir tres etapas:

Desde la fundación de la ciudad (753 a.C) hasta el final de la segunda guerra púnica (201 a.C). Roma comenzó siendo una ciudad-estado de escasos territorios donde sus habitantes se dedicaban al pastoreo y agricultura. A su vez, la sociedad estaba dividida en dos bloques,es decir, los patricios y plebeyos. Por un lado, existía los patricios llamados así gracias a su descendencia de por parte de los patres, donde residían en el “populus romanus Quiritium”. También hubo una tradición que decía que Rómulo dividió en tres tribus, llamadas Ramnes, Titios y Luceres, a los pueblos que dieron origen al de Roma, es decir, los latinos los etruscos y los sabinos. Por lo demás, se encontraban organizadas en 10 curias y cada curia en 10 decurias y contaban con su asamblea y su jefe propio dentro del Senado. Por otro lado se encontraba la plebe, estos tenían algunos derechos pero no los tenían todos, con lo cual se encontraban al lado de los clientes a los que los patricios le ofrecían protección. Además, esta primera etapa del derecho se conoce como “ius civile” porque solo perjudicaba a los ciudadanos ya que carecían, tanto los plebeyos como los extranjeros, del derecho de ciudadanía.

Desde el final de la segunda guerra púnica hasta la muerte de Alejandro Severo (235 d.C). En este periodo de tiempo se encuentra la gran expansión de Roma donde deja atrás su papel de ciudad-estado y se convierte en una gran capital. Gracias a su gran expansión obtienen varios “peregrini” que no tienen el derecho de la ciudadanía, como ya nombramos anteriormente puesto que son extranjeros. A su vez, estos desconocen las normas de Roma y por eso crean una serie de problemas. No obstante esta situación cambia cuando los romanos deciden tratar con otros pueblos, con los cuales crean el derecho de gentes, denominada como “ius gentium” ya que conocen otras ideas e instituciones jurídicas. A raíz de este nuevo trato, se crea el “praetor peregrinus” conocido como un cargo político qué se utiliza como una ley para las controversias, además de, años más tarde, el “ius honorarium” para convalidar las carencias del ius civile.

Desde la muerte de Alejandro Severo (235 d.C) hasta Justiniano. En esta nueva etapa, surge una de las peores crisis dentro del Imperio Romano tras la muerte de Alejandro Severo. Principalmente se caracterizó, por las constantes rebeliones, guerras y luchas que tambalearon los cimientos del Imperio aunque gracias a Diocleciano y Constantino logran hacerle frente a la crisis. Este último emperador, desplaza la capital hacia Bizancio por lo cual se llamó Constantinopla, en honor a su fundador. No obstante, no perjudicó a la lengua de latín pues siguió siendo lengua oficial en el Imperio además de fomentar el Derecho Romano.

Fuentes del Derecho

Existe una manera más sencilla de señalar las fuentes del derecho, cómo lo hace el jurista romano Gayo. Este cree que los derechos del pueblo romano nacen de las leyes, los plebes plebiscitos, los derechos del Senado, las constituciones imperiales, los edictos de aquellos que tienen capacidad de promulgar leyes, la respuesta de los expertos etcétera.

Mos maiorum (la costumbre de los antepasados). Hasta que no se publicó la Ley de las XII Tablas, en esta primera etapa, el derecho es un derecho no escrito donde principalmente reina la religión. Además, está dirigido por el “mos maiorum” donde el “paterfamilias” dirige también como jefe de la familia y sacerdote. En algunos colegios sacerdotales, concretamente en los pontífices,eran los encargados de regular la actividad jurídica pues eran los jefes del calendario donde se señalaban los días fastos y nefastos basándose en unas determinadas pautas para realizar o no cualquier actividad jurídica. Por último, cabe destacar la importancia de los términos “ius y fas” que expresan que los actos están relacionados con la voluntad de los dioses.

La Ley de las XII Tablas. Tras varios momentos de disputa entre la plebe y la sociedad en el año 494 a. C, estos se rebelaron en contra de los impuestos que debían pagar, pues no se les concedían Derecho alguno y amenazaron con fundar una nueva ciudad si no se les atendía.También, obligaron a los patricios a crear una serie de tribunos de la plebe basándose en magistrados elegidos por los plebeyos encargados de cuidar los intereses de la plebe. Contaban con un lugar de asamblea donde principalmente se preocupaban por fijar el Derecho por escrito.

Los plebiscitos. Dichas decisiones de la plebe se conocían a través de este término, pues tuvo un papel muy importante ya que acogió tanto a los plebeyos como a los patricios.

Edicta magistratuum (edictos de los magistrados). Los magistrados contaron con el Derecho de dirigirse al pueblo mediante leyes por ello a la hora de ejercer su cargo lo hacía a través de los edictos, es decir, una especie de programa de gobierno que entraba en vigor durante el tiempo de su cargo. Se les conocía por edictum perpetuum. Dentro del mismo, se encontraba los edictos de los pretores, encargados de administrar justicia entre los ciudadanos o entre ciudadanos y extranjeros. Este último término, alcanza su mayor expansión en los últimos años de la República hasta que fueron sustituidas por las constitutiones principium.

Responsa prudentium (respuesta de los expertos). Se dice que existió una figura experta que conocía las leyes, aunque se reservó para los pontífices y patricios, con lo cual los plebeyos solo pudieron disfrutar de esta figura cuándo se publicó la primera compilación de leyes. Por un lado, existe la figura del jurista que respondía las preguntas de particulares o magistrados, a su vez que asesoraban. Augusto se encargó de crear varios jurisconsultos, también conocidos como prudentes, encargados de aclarar los problemas jurídicos, además de interpretar las leyes y obtener respuestas sobre aspectos consultados previamente. A raíz de este hecho, empiezan los grandes juristas y sus escuelas, como ocurre en los siglos II y III, cuándo empiezan los más importantes tales como Salvio Juliano, Sexto Pomponio y Gayo, entre otros.

Constituciones imperiales. Dentro de esta categoría, destacan los distintos tipos de resoluciones a manos de los emperadores, pues a partir del siglo III el emperador asume todo el poder legislativo dejando atrás a los pretores los jueces y jurisconsultos.

Las recopilaciones
Bajo el gobierno de Teodosio II y Valentiniano III, se publica la Ley de Citas, por la cual se trataba de simplificar el número de reglas jurídicas finalizando en recalcar la fuerza de ley a 5 juristas famosos, es decir, Papiniano, Paulo, Gayo,Ulpiano y Modestino. A su vez, se hace posible el proceder a unos nuevos códigos para poner en marcha la enseñanza de leyes, por ejemplo, el Codex Theodosianus, por el cual se recogen todas las leyes desde consta Constantino hasta Teodosio II. Justiniano, por lo demás, decide llevar a cabo una labor para recopilar todo el Derecho vigente denominándose como Corpus Iuris Civilis. Podemos diferenciar cuatro partes, empezando por el Codex Justinianeus, acogiendo las constituciones imperiales desde Adriano a Justiniano, a continuación la Digesta o Pandectae, sistematizando todo el Derecho aplicable por lo juristas anteriores, seguido de las Institutiones donde se recogen las instituciones de Gayo, y finalizando con la Novellae, dónde se encuentra las nuevas leyes de Justiniano.





Pervivencia del Derecho Romano

Cuándo se trajo al Imperio Romano de Occidente, surgieron nuevos reinos los cuales ya habían estado sometidos bajo la influencia romana, con lo que cuentan con una población romanizada. En estos pueblos, existen varios sistemas legales diferenciados, por ejemplo, en el caso de Alemania, La Lex Barbarorum, para los germánicos y La Lex Romana para los latinos,aunque sin duda alguna la más importante fue la llamada Lex Romana Visigothorum, dada en Occidente y el cual acogía la compilación de Justiniano. Comenzando el siglo XII, se crea la Universidad de Bolonia, principalmente una escuela de jurisconsultos dedicado únicamente a la enseñanzas romana y a su estudio, conocidos también como glosadores pues añadían el Corpus Iuris Civilis. Un siglo más tarde, Acursio reúne todos los comentarios en un libro,es decir, el libro de Glossa Magna los cuales pudieron ser aplicados en los tribunales. A continuación, le siguieron los post-glosadores qué consistía en adaptar el Derecho Romano a la necesidad de la época. En el próximo siglo, surge la escuela histórico-crítica que rompe los esquemas de los exámenes racionales pues se adentra en el mundo metódico mezclando el Corpus Iuris Civilis con los textos de Justiniano. Más tarde, se crea la Escuela del Derecho Natural que consideraba el Derecho como un producto de la razón humana rompiendo la tradición romanista aunque no va a ser la que la destruya finalmente. El golpe se lo proporciona la escuela histórica alemana dominante dentro del mundo de la ciencia jurídica europea que plasmaba que el derecho no es uso de la razón sino de su historia y del genio jurídico del país,destruyendo por completo el Derecho Romano aunque aún siga en vigor su estudio.


Expresiones latinas de origen jurídico

Aunque el Derecho Romano haya perdido influencia a lo largo del tiempo, hoy en día contamos con un gran número de expresiones latinas en nuestro léxico, como “Derecho es el arte de lo bueno y de lo justo”, “ley es lo que el pueblo manda y decide”, “en caso de duda a favor del reo”, “la ley es dura pero es la ley”, “la ignorancia de la ley no es excusa nadie”, “una cosa por otra”, “tengas tu cuerpo se libre”, entre otras muchas. Está claro que el Derecho Romano sigue vivo.
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Latín

La religión occidental, desde los etruscos hasta el cristianismo

El panteón divino romano tuvo mucho que aportar al hecho religioso católico europeo

Panteón divino romano.



Por Naiara Pimienta, Marta Salido, Silvia González y Daniel Díaz, alumnos de 1º de Bachillerato

Los romanos daban una gran importancia a la religión, tanto en su vida privada como en los asuntos públicos. Importancia relevante en sus inicios del hecho religioso son las pietas, que eran ante todo atender al culto y a sus ceremonias escrupulosamente reguladas, y consistían en uno de los rasgos fundamentales de su carácter racional.

Los romanos tenían un sentido eminentemente pragmático de la religión, esperaban que los dioses se sintieran obligados a atender sus demandas. Proclamaban que a este pacto se debía la progresiva e incomparable grandeza de Roma.

Por otro lado, estaba su formalismo. Este planteamiento casi contractual de la religión se manifestaba en una práctica escrupulosa y formalista de los ritos y fórmulas. Al menor fallo debían repetir el rito si querían asegurarse su eficacia.

En la religión como en otras facetas de su mentalidad, los romanos fueron profundamente conservadores, sobre todo los de las clases populares. En las zonas rurales se seguían practicando los mismos ritos y empleando las mismas fórmulas que habían practicado los primitivos latinos de época prehistórica.

De lo primitivo al cristianismo
Al practicar un politeísmo abierto, se mostraron a lo largo de toda su historia extraordinariamente receptivos respecto a los dioses de todos los pueblos con los que entraron en contacto, incorporándolos a su Panteón: Primero aceptaron a los dioses etruscos; luego hicieron suyos los grandes dioses del Olimpo griego; más tarde adoptaron con entusiasmo toda clase de cultos de la zona oriental del Mediterráneo. Finalmente, abrazaron el cristianismo.

Sabemos poco sobre la religión de los primitivos latinos, ya sea acerca de sus creencias o de sus ritos y organización. Los historiadores romanos hablan del papel fundamental que tuvo en la ordenación de la religión romana el mítico rey Numa, sucesor de Rómulo, pero sin base documental.

Se trataba de un pueblo de agricultores y lógicamente sus dioses también tenían ese carácter agrario. La tradición conservó infinidad de nombres de divinidades de este tipo, prácticamente una para cada una de las innumerables operaciones que requerían los cultivos de los campos y la cría de los animales domésticos.


Estos primeros habitantes del Lacio carecían de una mitología sistematizada. No tenían nada parecido a una cosmología ni a una genealogía de los dioses al estilo de los Griegos. No representaban a sus dioses con figuras humanas, a los más importantes, los representaban mediante símbolos como el rayo de Júpiter, la lanza de Marte o el fuego de Vesta. Más que dioses se hablaba de fuerzas o espíritus divinos, algo muy próximo a las religiones de tipo animista.


El culto se rendía en la especialidad de la fuerza divina correspondiente, en las casas, en los campos, en los cruces de caminos, en determinados bosques y fuentes sagradas. No existían templos.  Destacaban por su importancia algunas divinidades o dioses, la mayoría de género masculino correspondiente a una sociedad patrialcal.

Júpiter: el padre de los dioses, dios supremo de los primitivos indoeuropeos, dios del cielo, de la luz, del rayo.
Marte: relacionado en un principio, más que con la guerra, con la fecundidad de los campos y de los animales, y con la del propio pueblo romano (dios de la juventud).
Quirino: El primitivo dios de la ciudadanía romana, en su doble vertiente civil y militar.
Saturno: divinidad agraria por excelencia, introductor de la agricultura en el Lacio y mítico fundador del pueblo latino.
Jano: dios que presidía los comienzos de todas las empresas. A él estaba dedicado el primer mes del año y el primer día de cada mes, las Calendas, que protegían las puertas de las casas y se le representaba con una cabeza de dos caras, una mirando hacia delante y una mirando hacia atrás.
Vesta: diosa primero del hogar doméstico y después del lugar común, la ciudad, del Estado. Su símbolo es el fuego y debía arder ininterrumpidamente.
Tellus: era la diosa Tierra, madre de dioses y hombres, protectora de la agricultura en general.

Júpiter, Marte y Quirino constituían una especie de trinidad, al estilo de las existentes en otros pueblos indoeuropeos, como germanos o antiguos indios. Había otras muchas divinidades agrarias especializadas, destacaban: Flora, Pomona, Fauno, Pales, Silvano, Liber y Término.

Época etrusca
La huella dejada por los etruscos en el campo de lo religioso fue determinante.
Las principales manifestaciones fueron:
-Sustitución de la tríada latina, masculina, de origen indoeuropeo, por una tríada etrusca en la que, junto a Júpiter, aparecían las dos grandes diosas de los etruscos:
Juno: la diosa protectora de las mujeres, de los matrimonios y de los partos. Identificada con la Hera griega, figurada como la todopoderosa esposa de Júpiter.
Minerva: diosa de las actividades no agrarias. Identificada con Atenea.
-La construcción del primer templo fue en lo alto del Capitolio. Este templo estaba dedicado a la nueva tríada, llamada tríada capitolina.
-Introducción de otros dioses: Dioses propios, como Vulcano, Mercurio y Venus; Dioses adaptados de los griegos, como Apolo, Artemis, identificada con la Diana latina, Dioniso o Baco, identificado con el latino Liber.
-Los artistas etruscos fueron los primeros en Roma que representaron a los dioses, como decoración de los templos o de los sepulcros.

Es probable que se deba a un principio de organización de la religión pública oficial: sacerdocio, rituales, calendarios de fiestas, carrera de carros y de caballos, lucha de gladiadores o representaciones teatrales.


La aportación etrusca más duradera y significativa a la religión fue la potenciación y reglamentación de todo lo que se refiere a los diferentes sistemas de adivinación, a la investigación de la voluntad de los dioses, predisposición a ayudar a la persona que quisiera emprender cualquier actividad, pública o privada:  mediante el método de  observación del cielo y de las aves que por él se movían, ya conocido y practicado por los latinos. Los etruscos aportaron el estudio de las vísceras de los animales sacrificados o fenómenos extraordinarios que se producían en la naturaleza, como tormentas extrañas, rayos caídos en los lugares significativos, nacimiento de los animales deformes, etc.

También es de origen etrusco la creencia en una vida de ultratumba poblada de  divinidades malignas, demonios y tormentos infernales.

En conclusión, los etruscos contribuyeron a helenizar y organizar la religión romana, modernizándola. Reforzaron los componentes de esa religión que a nosotros nos parecen más arcaicos e irracionales.

Época de la República
La religión tradicional romana tal como se la conoce ya en la época histórica, tenía tres tipos de manifestaciones: privada, popular y oficial.

La religión privada o familiar

Dioses
-El Lar familiar: dios protector de la casa, representado por el fuego del hogar doméstico.
-Los Penates (dos) de quienes dependía la abundancia de provisiones para la familia (penus, despensa). Se les representaba como dos jóvenes que portaban “cuernos de la abundacia”.
-Genius: espíritu del Pater Familias. Se les representaba en el sacrarium, junto al Lar y a los Penates, en forma de serpiente.
-La diosa Juno, protectora de las mujeres de la familia.
-Los manes eran las almas de los difuntos de la familia.

Culto
Cada familia a imitación de lo que en un principio ocurría solo en las “gentes patricias” tenía su propio ritual a la hora de venerar a sus dioses. Estos ritos estaban presididos por el “pater familia”. La mujer al casarse abandonaba los cultos de su familia y se incorporaba a los de la familia de su marido. También participaban, sobre todo en el culto, los esclavos y clientes de la familia. Los ritos más frecuentes eran ofrendas de alimentos, libaciones, plegaria, adornos florares, velas o candelas encendidas.

La religión popular

Dioses
Los dioses más venerados eran los dioses agrarios, relacionados con la actividad agrícola y ganadera. Además de los dioses primitivos (Marte y Saturno), a principios de la época de la República, aparece como la más importante divinidad agraria la diosa Ceres, identificada como la Deméter griega, la gran protectora de las cosechas y de la fertilidad de la tierra.

Culto
Se celebraban fiestas a lo largo del año en honor de cada una de estas divinidades. En estas fiestas se ofrecían sacrificios de animales, se celebraban comidas compartidas y procesiones suplicatorias, o bien se encendían fuegos, se adornaban estatuas y altares, se ofrecía exvotos hechos de cera, cerámica o bronce, se practicaban danzas y cantos rituales, etcétera.

La religión oficial

Dioses
En Roma se fue configurando un grupo de grandes dioses, doce en total, a base de identificar algunos de sus antiguos dioses con los del Olimpo griego. El proceso de asimilación consistió en ir atribuyendo poco a poco lo mitos y funciones del dios griego a su correspondiente paralelo romano hasta acabar por identificarlos totalmente, aunque manteniendo el nombre latino.


Fiestas
A lo largo del año, la ciudad consagraba casi un centenar de días a celebrar de una u otra manera sus dioses:

-Las feriae o festividades religiosas en sentido estricto. En ellas el rito fundamental era un sacrificio de animales, por lo general: toros, cerdos, corderos, realizado en lugares públicos, normalmente ante el tempo del dios o la diosa en cuyo honor se celebraba. Las más importantes era: las lupercalias, en honor de Faunus-Pan; las feralalias, dedicadas a los difuntos; las liberalias, dedicadas a Liber Dionisos; y las Saturnalias, dedicadas a Saturno, que son precisamente nuestras fiestas navideñas.

-Los ludi (juegos), fiestas de carácter cívico religioso. Duraban varios días, además de sacrificios, procesiones y rogativas, se programaban diversos tipos de espectáculos, como representaciones teatrales, carreras de carros o de caballos, combates de gladiadores, y cacería de fieras traídas de lugares exóticos. Los más importantes eran: los megalenses (Cibeles), los ceriales (Ceres), los apolinares (Apolo), y los ludi romani (Júpiter).

Templos y sacerdotes
Eran el principal lugar de culto, aunque no el único. No era el lugar de reunión de los fieles, sino la morada del dios. Roma heredó y propago el tipo de templo etrusco, adoptado a su vez del templo griego: un recinto normalmente rectangular de pequeñas proporciones, elevado sobre un pódium de piedra, con una escalinata por la parte delantera.

El sacerdocio era la función pública. Los sacerdotes formaban colegio especializados. Los más importantes tenían la consideración de magistrados de la ciudad. Los más importantes eran:
-Los flamines, cada uno se ocupaba del culto de una de las grandes divinidades (los tres dioses de la primitiva triada, Júpiter, Marte y Quirino).
-Los pontífices. Literalmente “constructores de puentes”. Estaban presididos por el “Pontifex Maximus”, cargo religioso-político de enorme influencia. Controlaban todo lo referente al culto público, es decir, establecían el calendario de fiestas, vigilaban la exacta observación de los ritos, controlaban la redacción de los anales oficiales de la ciudad, y presidían las grandes ceremonias religiosas públicas.

Época imperial
La religión romana empezó a sufrir en los últimos tiempos de la época anterior una serie de transformaciones que se aceleraron y profundizaron, a partir de los comienzos de la Época imperial. La religión tradicional extendida con la romanización por todas las provincias del Imperio, se fue desvirtuando. La mitología griega romanizada no acabo de calar en el sentir religioso de la gente, que la veía como algo, más bien, literario y oficialista.
Por otra parte, en las ciudades empezando por la propia Roma, los cultos agrarios habían dejado de tener sentido. Solo se mantenían vivos en las zonas rurales de Italia. En el medio urbano, las necesidades religiosas de la población empezaron a ser satisfechas por otros cultos, llegados de las provincias, sobre todo de las orientales: culto a la diosa Cibeles, a la diosa egipcia Isis, y al dios Mitra, procedente de Persia.

Inserción del Cristianismo en la Romanidad
El fenómeno históricamente más trascendental referente a la religión en la Época Imperial fue la aparición y progresiva aparición del Cristianismo, hasta convertirse en la religión oficial del estado al final de este período.  Pueden distinguirse tres fases en la historia de este proceso: Primero, la introducción paulatina desde mediados del Siglo I. En principio en las provincias orientales y muy pronto en la propia Roma dentro de la corriente de entrada de religiones orientales a la que antes aludíamos. El Obispo de Roma se convierte en el primado de la Iglesia Católica. En segundo lugar, la difusión, se trata de una organización de los cristianos en una Iglesia gerarquizada a la que a la vez que sufrían persecuciones más o menos sistemáticas, según las épocas y las políticas de los diferentes emperadores. Este hecho estaba provocado sobre todo por la resistencia de los cristianos a acatar el culto de Roma y al emperador, y por su descalificación de la religión politeísta tradicional. Las persecuciones duraron hasta comienzos del Siglo IV, la última que fue además la más virulenta, fue la decretada por Dioclesiano a finales del Siglo III.
En tercer lugar, podemos hablar de la aceptación del Cristianismo como religión romana a partir del Edicto del Emperador Constantino (Milán año 313). Tras la conversión de este emperador en su lecho de muerte, la nueva religión fue adoptada como propia por la familia imperial. A finales del Siglo IV fue convertida en la religión oficial del Imperio por el emperador Teodosio, nacido en Hispania.

Los cultos antiguos fueron perseguidos y se mantuvieron solo en las zonas rurales, de ahí el nombre pagano (paganus, ‘campesino’). La Iglesia organizada gerárquica y territorialmente se convierte con el tiempo en un poder paralelo de enorme influencia política gracias a la protección de la familia imperial y su entorno.

El Cristianismo sobrevive al Imperio
El Cristianismo como doctrina alcanzó un desarrollo extraordinario con la labor de predicación de San Pablo I y de los llamados Padres de la Iglesia –San Jerónimo y San Agustín-. Se convirtió en la nueva fuente de inspiración literaria y artística del mundo romano, y luego del Imperio Bizantino. El Cristianismo se extendió por las provincias del Imperio como un ingrediente más de la romanidad y se convirtió en uno de los medios más eficaces para incorporar a esta cultura a las poblaciones bárbaras que empezaban a invadir el territorio del Imperio. Tras la fragmentación y desaparición de estos, los pueblos bárbaros convertidos a la nueva fe, la perpetuaría en los nuevos reinos medievales europeos, haciendo del Cristianismo uno de los componentes básicos de la cultura occidental.


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